Abogados de violencia doméstica en Greensboro

Protegerle a usted y a sus seres queridos de los abusos

Si usted y su familia están siendo sometidos a la violencia doméstica, el abuso o el acoso, llegar a la Oficina de Derecho de Stephen E. Robertson, PLLC inmediatamente. Nuestros abogados de violencia doméstica de Greensboro pueden proporcionar el asesoramiento y el apoyo que necesita para que pueda tomar el control de la situación. Podemos guiarlo a través del proceso para obtener la protección que usted merece.

Si usted es víctima de violencia doméstica, póngase en contacto con nosotros ahora para hablar con nuestros abogados experimentados sobre el camino correcto a seguir.

¿Qué es una orden de protección 50-B?

En Carolina del Norte, una víctima de violencia doméstica puede obtener protección a través de la petición de una orden de restricción contra su agresor. Esto se conoce como una Orden de Protección 50-B. Cuando se concede, dicha orden exige al maltratador que se mantenga alejado de la víctima. Si el maltratador viola la orden, puede ser declarado en desacato al tribunal y encarcelado.

Para solicitar una Orden de Protección 50-B, se debe presentar una Demanda y Moción de Orden de Protección contra la Violencia Doméstica en el juzgado del condado en el que se reside. El peticionario debe notificar al demandado de la acción junto con una citación judicial. La prueba de la notificación debe ser presentada en la Secretaría del Tribunal. Las partes deberán asistir a una audiencia ante un juez del tribunal de distrito aproximadamente 10 días después de la fecha de presentación de la demanda.

¿Dónde puedo obtener una orden de protección temporal en Greensboro?

Si usted o sus seres queridos corren un peligro inmediato, puede solicitar al tribunal que le conceda una "ex parte" una orden de alejamiento temporal. Ex parte significa que la orden de alejamiento temporal puede dictarse en ausencia del demandado. La orden sólo será válida durante 10 días.

El juez tendrá en cuenta varios factores para determinar si se debe emitir una orden de protección temporal, incluyendo si el demandado:

  • Intentó causar o causó intencionadamente lesiones corporales a la víctima
  • Causó a la víctima el temor de sufrir lesiones corporales graves e inmediatas
  • Posee o tiene acceso a armas de fuego y munición
  • Usó o amenazó con usar un arma mortal contra la víctima
  • Cometió un delito sexual contra la víctima
  • Ha amenazado con quitarse la vida
  • Ha hecho temer a la víctima un acoso continuado que le inflige una importante presión emocional
  • Amenazó con matar o herir gravemente a la víctima
  • Tiene un historial de uso o amenaza de uso de un arma de fuego de forma violenta

Divorcio de la cama y la pensión

A veces, un cónyuge que se encuentra en una situación de abuso desea obtener el divorcio. Sin embargo, en Carolina del Norte, los cónyuges deben haber vivido separados el uno del otro durante al menos un año antes de solicitar el divorcio. Si un cónyuge maltratador se niega a mudarse, la víctima puede solicitar un "divorcio de cama y comida".

Aunque no es un divorcio absoluto, esta separación ordenada por el tribunal obligaría al cónyuge maltratador a abandonar el hogar conyugal. Así, la víctima obtiene protección y el reloj empieza a correr para el requisito de un año de divorcio.

Déjenos ayudarle a encontrar una solución

Si usted o sus seres queridos están enfrentando abuso doméstico dentro de su hogar, póngase en contacto con la Oficina de Derecho de Stephen E. Robertson, PLLC tan pronto como sea posible. Nuestros abogados de violencia doméstica en Greensboro pueden ayudarle a obtener una orden de protección 50-B. Si usted está en peligro inmediato, también podemos ayudarle a solicitar una orden de restricción temporal contra su abusador.

Para iniciar el proceso, póngase en contacto con nuestros experimentados abogados en línea o llámenos hoy mismo.

¿Por qué contratarnos?

  • Resultados con los que puede contar
  • Consejo compasivo
  • Más de 20 años de experiencia
  • Stephen E. Robertson es un abogado certificado por la Junta

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- Brad V.
Steve fue muy profesional y servicial. ¡Muy recomendable!
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